Verifactu se aplaza a 2027: qué deben hacer autónomos y pymes en 2026

Escaneo del código QR de una factura Verifactu con el móvil

Si es usted autónomo o tiene una pyme, seguramente lleva meses oyendo hablar de Verifactu, el nuevo sistema de facturación verificable de la Agencia Tributaria. Pues bien: hay novedad importante. El Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el pasado 3 de diciembre, ha aplazado por segunda vez su entrada en vigor. Le contamos las nuevas fechas, a quién afecta y —sobre todo— por qué 2026 no es un año para relajarse, sino para prepararse con calma y sin sustos.

¿Qué es Verifactu y de dónde viene?

Verifactu nace del Real Decreto 1007/2023, el reglamento que desarrolla la Ley Antifraude. Su objetivo es que los programas de facturación de empresas y autónomos generen registros inalterables de cada factura: una vez emitida, no se puede modificar ni borrar sin dejar rastro. Cada factura incorporará un código QR y podrá remitirse automáticamente a la Agencia Tributaria en el momento de su emisión.

En la práctica, esto supone jubilar las hojas de Excel y los programas de facturación antiguos que permiten «retocar» facturas a posteriori.

Las nuevas fechas: 2027

Tras el aplazamiento aprobado por el Real Decreto-ley 15/2025, el calendario queda así:

  • 1 de enero de 2027: obligatorio para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (SL, SA y demás sociedades)
  • 1 de julio de 2027: obligatorio para el resto de obligados, incluidos los autónomos en estimación directa

Es la segunda prórroga del sistema, motivada por las dificultades de adaptación de los desarrolladores de software y de las propias empresas. Pero cuidado con la lectura equivocada: el aplazamiento no elimina la obligación, solo da más margen para llegar preparado.

¿Quién está obligado y quién queda fuera?

Están obligados, con carácter general, todos los empresarios y profesionales que usen sistemas informáticos de facturación. Quedan fuera, entre otros:

  • Los autónomos en módulos (estimación objetiva) que no tengan obligación de emitir factura con programa informático
  • Las empresas acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información), que ya remiten sus registros a Hacienda por otra vía
  • Quienes facturan exclusivamente a particulares de forma manual, sin software de facturación

¿No tiene claro en qué grupo está? Es una de las consultas más frecuentes que recibimos en nuestro servicio de asesoría fiscal, y la respuesta depende de su actividad, su régimen y su forma de facturar.

Qué debe cumplir su programa de facturación

  • Generar un registro de facturación por cada factura, con huella digital encadenada (imposible de alterar)
  • Incluir un código QR en cada factura
  • Permitir el envío voluntario o automático de los registros a la AEAT (modalidad «Verifactu»)
  • Conservar los registros en formato estructurado y accesible

Los fabricantes de software deben certificar mediante declaración responsable que sus programas cumplen el reglamento. Si usa un programa antiguo o «de andar por casa», este es el momento de cambiarlo.

Por qué no conviene esperar a 2027

Tres razones prácticas:

  • Sanciones serias: la Ley General Tributaria (art. 201 bis) prevé multas de hasta 50.000 euros por ejercicio para quien use software de facturación no adaptado
  • La adaptación lleva tiempo: cambiar de programa, migrar datos y formar al equipo no se hace en una semana; quien lo deje para diciembre de 2026 pagará las prisas
  • Adelantarse tiene premio: emitir facturas en modalidad Verifactu de forma voluntaria refuerza su imagen de cumplimiento ante Hacienda y ante sus clientes

Nuestra recomendación para 2026

Aproveche este año de transición para hacer tres cosas: revisar si su software actual está adaptado al RD 1007/2023 (pregunte a su proveedor por la declaración responsable), valorar el cambio si no lo está, y ordenar de paso su facturación y su contabilidad, porque Verifactu es solo una pieza del paquete que viene: la factura electrónica obligatoria entre empresas de la Ley Crea y Crece será el siguiente capítulo.

¿Necesita ayuda con Verifactu o con la adaptación de su facturación? En Santamaría Baeza (Avda. Aguilera 39, Entlo. B, Alicante) le asesoramos con presupuesto cerrado y primera consulta gratuita. 📞 654 58 14 93 (también WhatsApp) · asesoria@santamariaabogados.es

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