Plazos con la Agencia Tributaria
Calendario fiscal para autónomos y empresas
Sus plazos, bajo control.
Estas son las citas clave del calendario fiscal español. Nuestros clientes reciben aviso y borrador antes de cada vencimiento: ningún plazo les pilla por sorpresa.
El año, trimestre a trimestre
Qué se presenta y cuándo
El calendario se repite cada ejercicio con la misma estructura. Lo que cambia son los importes, las novedades normativas y los días exactos cuando un vencimiento cae en fin de semana.
Enero – Abril
- Modelo 390 · Resumen anual de IVA — hasta el 30 de enero
- Modelos 180 y 190 · Resúmenes anuales de retenciones — hasta el 31 de enero
- Modelos 303, 130, 111 y 115 · Cuarto trimestre del año anterior — hasta el 30 de enero
- Modelo 347 · Operaciones con terceros superiores a 3.005,06 € — durante febrero
- Modelo 720 · Bienes y derechos en el extranjero — hasta el 31 de marzo
- Modelos 303, 130, 111 y 115 · Primer trimestre — hasta el 20 de abril
- Modelo 202 · Primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades — hasta el 20 de abril
Abril – Julio
- Campaña de la Renta y Patrimonio · presentación desde abril
- Modelos 303, 130, 111 y 115 · Segundo trimestre — hasta el 20 de julio
- Modelo 200 · Impuesto sobre Sociedades del ejercicio anterior — hasta el 25 de julio
- Modelo 349 · Operaciones intracomunitarias, si procede
Julio – Octubre
- Modelos 303, 130, 111 y 115 · Tercer trimestre — hasta el 20 de octubre
- Modelo 202 · Segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades — hasta el 20 de octubre
- Cuentas anuales · depósito en el Registro Mercantil, dentro del mes siguiente a su aprobación
Octubre – Enero
- Modelo 202 · Tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades — hasta el 20 de diciembre
- Cierre contable y fiscal del ejercicio · diciembre
- Planificación fiscal del año siguiente · diciembre
- Modelos 303, 130, 111 y 115 · Cuarto trimestre — hasta el 30 de enero
Guía rápida
Qué es cada modelo y a quién obliga
Los modelos que aparecen con más frecuencia en la vida de un autónomo o una pyme, con quién debe presentarlos y en qué plazo.
| Modelo | Para qué sirve | Quién lo presenta | Plazo |
|---|---|---|---|
| Modelo 303 | Autoliquidación de IVA | Autónomos y sociedades con actividad sujeta a IVA | Trimestral, hasta el 20 del mes siguiente al trimestre (el 4T, hasta el 30 de enero) |
| Modelo 130 | Pago fraccionado del IRPF en estimación directa | Autónomos en estimación directa | Trimestral, mismos plazos que el 303 |
| Modelo 131 | Pago fraccionado del IRPF en módulos | Autónomos en estimación objetiva | Trimestral, mismos plazos que el 303 |
| Modelo 111 | Retenciones a trabajadores y profesionales | Quien practique retenciones en nóminas o facturas | Trimestral o mensual según volumen |
| Modelo 115 | Retenciones por alquiler de locales | Quien alquile un local para su actividad | Trimestral o mensual según volumen |
| Modelo 349 | Operaciones intracomunitarias | Quien compre o venda a otros países de la UE | Mensual, trimestral o anual según importe |
| Modelo 200 | Impuesto sobre Sociedades | Sociedades y demás sujetos pasivos del IS | 25 días naturales tras los 6 meses del cierre; con ejercicio natural, hasta el 25 de julio |
| Modelo 202 | Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades | Sociedades que superen el umbral de cifra de negocios | Abril, octubre y diciembre, hasta el día 20 |
| Modelo 347 | Declaración informativa de operaciones con terceros | Quien supere 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor | Durante el mes de febrero |
| Modelo 390 | Resumen anual de IVA | Quien presente el modelo 303, salvo exoneración | Hasta el 30 de enero |
| Modelo 180 / 190 | Resúmenes anuales de retenciones | Quien presente los modelos 115 y 111 | Durante el mes de enero |
| Modelo 720 / 721 | Bienes en el extranjero y criptomonedas | Residentes con bienes o criptoactivos fuera de España sobre el umbral | Del 1 de enero al 31 de marzo |
Cómo lo gestionamos
Usted no tiene que acordarse de nada
Llevamos el calendario por usted. Antes de cada vencimiento recibe un aviso y el borrador de la declaración para que lo revise; nada se presenta sin que usted lo haya visto.
Aviso anticipado
Le avisamos con margen suficiente para reunir la documentación, no el día antes del cierre del plazo.
Borrador para revisar
Recibe cada declaración calculada y explicada antes de presentarla. Si algo no cuadra, lo corregimos.
Presentación y justificante
Presentamos en plazo y le entregamos el justificante. Queda archivado y accesible cuando lo necesite.
Si llega un requerimiento
Le representamos ante la AEAT en todas las fases. Vea defensa frente a la AEAT.
Primera consulta sin compromiso
¿Prefiere no volver a pensar en plazos?
Nos ocupamos de su fiscalidad, su contabilidad y sus obligaciones formales, con honorarios cerrados por escrito. Vea la asesoría fiscal y tributaria o hablemos de su caso.
